Apenas
hace unos días, en una plática con algunos colegas, hablábamos de la
desigualdad laboral, algunos manifestaron que en los últimos años a nivel
internacional y nacional, se ha realizado múltiples esfuerzos para regular y
evitar la desigualdad, principalmente hablaremos de las desigualdad laboral por
razón de sexo entre hombres y mujeres, sin embargo hay que puntualizar, que
está no es la única forma, sin embargo para no abundar mucho en otras formas,
sólo abordare la relacionada a la materia laboral.
Para
entender mejor el concepto de desigualdad laboral, es necesario estudiar su
definición, debido a que esta abarca la desigualdad de género y salario.
Concepto
de Desigualdad Laboral
“EL
concepto de desigualdad laboral entre hombres y mujeres (…), alude a la
distancia que separa a unos de otros en los diversos aspectos que caracterizan
al mercado de trabajo. La discriminación laboral entre hombres y mujeres es la
parte de esta diferencia que no se puede justificar por una distinta aportación
de valores en el desempeño de un trabajo y que solo puede ser explicada (…) La
discriminación laboral indirecta se refiere a la desigualdad laboral que no es
efecto de un factor de discriminación en si mismo, pero si consecuencia de las
diferencias en el empleo entre hombres y mujeres” (Salle y Molpeceres, 2010:20).
Como
podemos leer en el párrafo anterior, la desigualdad laboral por género es
aquella en la que existe una preferencia por determinado género sin que exista
una justificación o especialización esencial que pueda atribuirse directamente al
hombre. Estudios demuestran que en México existe una percepción que radica en
que la mujer se desempeña mejor en puestos administrativos o de servicios, como
secretarias y maestras, así lo demuestran estudios realizados por la CONAPRED y la CEPAL. Además de la desigualdad de género, existe una desigualdad salarial,
que ubica a las mujeres con trabajos y escolaridad similar que los hombres, a
recibir ingresos inferiores hasta en un 34% en comparación al de los hombres.
Brecha
Salarial
En
los últimos años México a realizado un intenso esfuerzo por reducir la brecha
salarias de género, mediante la implementación de políticas públicas,
legislación y programas gubernamentales, coordinados con la industria privada
se ha buscado reducir la brecha salarias de género, sin embargo, el panorama
para las mujeres no es el mejor, esta es la razón por la que México sigue
ocupando los últimos lugares que conforman la Organización para la Cooperación
y el Desarrollo Económico (ODCDE).
De
acuerdo con el Índice de Mujeres en el Trabajo (2019), elaborado por
PricewaterhopuseCoopers, cerrar la brecha salarias en México aumentaría en
$34,000 millones de dólares los ingresos de las mujeres. En los últimos años
México a pasado de ocupar el lugar 33 a colocarse en el lugar 32, una ligera
mejoría en el ranking de brecha salarial de la OCDE, aunque mostró un avance en
la reducción de la brecha salarial México sigue ocupando un lugar lejano en la
participación de la mujer en el ámbito laboral, registra una tasa de 47%, el
reto de México es incrementar la participación de la mujer en el mercado
laboral a niveles que puedan competir con países más avanzados en la materia.
Derecho
a la No Discriminación en el Empleo
La
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 1, 5 y 123
reconocen el derecho a la igualdad y no discriminación entre hombres y mujeres,
la libertad de profesión, en la que ninguna persona puede impedirse que se
dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que prefiera, siempre y
cuando sean lícitos. El artículo 123 Constitucional, reconocer el derecho de
trabajo digno y seguridad social, además México a ratificado los principales
convenios internacionales de trabajo, destacando el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, que establece a los estados parte el
compromiso de garantizar el ejercicio de los derechos en él que se enuncian,
sin discriminación alguna. Otro instrumento internacional que reconocer el
derecho a la no discriminación y el derecho al trabajo, destacan los
siguientes:
· La
Convención Internacional sobre toda Forma de Discriminación Racial (ICERD)
· La
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer (CEDAW)
· La
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD)
Pronunciamiento
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Vale
la pena recordar los fallos que la suprema corte de la nación ha emitido, la
desigualdad de género se ha llevado a nuestro máximo tribunal para que se
pronuncie en diferentes sentencias, es indispensable analizar cada una de
ellas, a continuación, comparto una de las más importantes que se encuentra
bajo el rubo; Amparo en Revisión 59/2016:
“La
Suprema Corte resolvió si era constitucional establecer distintos requisitos
para que los y las trabajadoras accedan al servicio de las guarderías del IMSS.
Conforme a la legislación vigente, todas las trabajadoras tienen derecho a
acceder a este servicio; los trabajadores, en cambio, solo tienen este derecho
si
son
viudos, divorciados o si tienen la patria potestad decretada judicialmente a su
favor (esto es, si no tienen una esposa que, se asume, se va a encargar del
cuidado). La Corte determinó que esto también era inconstitucional, porque se
trataba de una discriminación por género (tanto porque excluía a los hombres de
gozar del servicio, como por el hecho de que estaba basada en un estereotipo
sobre las mujeres como cuidadoras y los hombres como proveedores).”
Conclusión
Vivimos
en un país en el que la mujer enfrenta grandes desventajas laborales, debido a la
desigualdad de género, producto de creencias y falta de educación la mujer es considerada
mejor para puestos relacionados con actividades administrativas y de servicios,
lo que a lo largo de los años ha logrado incrementar una barrera laboral. La marca
de desodorantes Secret[1] realizó un experimento
social, que demostró que 16% de las mujeres con padres sin estudios lograron
alcanzar un mejor nivel de educación de preparatoria o profesional, en comparación
con el 21% que alcanzaron los hombres. Existe aún la preferencia por contratar hombres
para ocupar puestos gerenciales y directivos en las compañías, un experimento demostró
que en México 1 de cada 200 mil mujeres logran llegar a un alto puesto directivo,
aún falta mucho camino para reducir esta desigualdad entre hombres y mujeres.
Considero que se debe realizar un mayor esfuerzo para generar las mismas
oportunidades, establecer criterios que contribuyan a la mujer un mejor desempeño
laboral, sin que deba ser considerados cuestiones de género, aunque estas se
encuentren prohibidas por la ley, este fenómeno sigue ocurriendo cada vez con
mayor frecuencia.
“Esperando le sirva de apoyo el presente
artículo, recordando que todo lo que aquí se presenta es una opinión y
profesional, responsabilidad única de quien lo escribe. Que en ningún momento
constituyen una asesoría o recomendación legal, por lo que, de requerir más
detalle es recomendable consultarlo con un profesional o bien acordar una
reunión y analizar el tema.”
Pedro
Estévez.
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