¿Qué es el Salario Diario Integrado?

FAQ´s

En el ámbito de las relaciones laborales existe regularmente confusión entre los términos Salario Diario Integrado y salario Base de Cotización, las áreas de nóminas y recursos humanos, continuamente dudan en que casos debe aplicarse cada uno. 

A continuación, explicaré en que consiste el Salario Diario Integrado y en un post posterior cuál es el Salario Base Cotización. 

EL SDI se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, prima, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, según el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo. (LFT)

En la práctica, existen casos en los que se tienen diferentes tipos de percepciones, como el pago de premios, bonos, fondo de ahorro, entre otros. Para poder obtener un mejor criterio, es necesario atender a lo dispuesto por el artículo 89 de la LFT que establece que para el cálculo de indemnizaciones se considera el salario diario integrado y cuando la retribución sea variable, se deberá tomar como salario diario integrado el promedio de las percepciones obtenidas en los treinta días efectivamente trabajados antes del nacimiento del derecho.

Conceptos que integran el SDI:
  • Pagos hechos en efectivo por cuota diaria
  • Aguinaldo
  • Prima vacacional
  • Prima Dominical 
  • Propinas en restaurantes
  • Comisiones
  • Cuota obrera del IMSS
  • Tiempo extraordinario fijo 
  • Fondo de ahorro aportación patronal
  • Entre otros....
Conceptos que no Integran el SDI:
  • Vacaciones
  • PTU
  • Cuotas patronales del IMSS
  • Viáticos 
  • Días de descanso
  • Capacitación 
  • Uniformes
  • Herramientas de trabajo
  • Entre otros....

Espero sea de utilidad la presente información.

Elaborado por Pedro Estévez con información de la LFT y LSS



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